La Justicia reiteró las restricciones vinculadas a la imputación del ex intedente de Campo Quijano Manuel Cornejo para mantener reuniones y actividades ligadas a personal de la Municipalidad de la localidad hasta tanto no se diluciden en el proceso judicial las acusaciones sobre hechos de corrupción que pesan en su contra cometidos durante su gestión anterior.
De hecho, la Justicia dictaminó que Cornejo no se puede acercar a 300 metros del edificio de la comuna ni relacionarse con posibles testigos vinculados a los hechos de corrupción administrativa que se le endilgan, en tanto se encuentre pendiente la realización del juicio oral y público.
El exmandatario largó su campaña política con vistas a recuperar el municipio, hoy en manos de Carlos Héctor Folloni. Su derrotero proselitista lo llevó, según denuncias, a reunirse con trabajadores municipales, y a escasos metros de la comuna. La defensa de Cornejo, a cargo del abogado Darío Palmier, presentó una cautelar a los efectos de levantar la medida restrictiva al imputado Cornejo, dispuesta en octubre del año 2020 por la jueza de Garantías 6, Sandra Espeche.
Desde la defensa aseguraron que “la ausencia de riesgo procesal en el caso concreto y la imposibilidad de entorpecimiento de la investigación” deja abierta la posibilidad de que el exjefe comunal pueda avanzar en sus intenciones electorales. “Cornejo -dice el escrito de la cautelar- no tiene ninguna posibilidad de ejercer influencias o herramientas respecto a las pruebas o los potenciales testigos y en que no existe siquiera indicio de que Cornejo pudiera abusar del derecho constitucional de reunión para obstaculizar el descubrimiento de la verdad”.
Con la resolución del Tribunal de Juicio de rechazar en todos sus términos el pedido de revisión de las medidas de coerción impuestas a Cornejo con fecha 23 de octubre de 2020, se ratificó desde la Justicia las restricciones de “prohibición de organizar y asistir a reuniones, en tanto se encuentre pendiente la realización del juicio oral y público, así como contactarse con personas vinculadas a la administración municipal local”.
Se entiende que la nueva resolución judicial no habla de proscripción electoral. Resalta la posibilidad de influir en el ámbito administrativo municipal sobre testigos que serán citados en las audiencias de debate, informó Bien Informados.
Fuente: Quepasasalta